Impuestos de herencia por Comunidades

Una de las preguntas más comunes es por qué existes tanta diferencia en la manera de calcular el impuesto de herencia por sucesiones. 

impuestos de herencia por comunidades
Mapa comunidades autónomas España
Lo cierto es que es el Estado es el encargado de establecer los impuestos, pero, son las Comunidades Autónomas las que tienen plena potestad en recaudar y colocar las normativas.


¿Quién regula los impuestos de herencia por Comunidades?

La Ley 29/1987 es la figura legislativa encargada de regular los impuestos de herencia de sucesiones y donaciones. Pero, existen desarrollos independientes en cada Comunidades. Por ejemplo, en la Comunidad de Cataluña se desarrolló una ley propia en la que se aplicaron ciertos derechos civiles, muy distintos a lo que se había aprobado en todo el Estado. 

Esto quiere decir, que cada una de las Comunidades Autónomas establece sus propias exenciones. Por esta razón, en España es posible conseguir algunos lugares donde los Impuestos de herencia son mucho menores. Este impuesto se debe cancelar en el territorio donde se encontraba empadronada la persona al momento de morir.

¿Cómo calcular el impuesto de Herencia por Comunidades?

Para determinar el costo del impuesto de herencia por comunidades, es de vital importancia conocer qué tipo de heredero es. Para saberlo, existen 4 grupos de parentesco, los cuales son: 

1. Grupo I: Descendiente y adoptados que sean menores de 21 años. 
2. Grupo II: Descendientes y adoptados mayores de 21 años, en este caso pueden ser cónyuges, ascendientes y adoptantes. 
3. Grupo III: Hermanos, sobrinos, tíos (tercer grado). 
4. Grupo IV: Grado distante, primos y extraños. Cuando ya se tenga claro a qué grupo de heredero pertenece, debe comparar los datos con la tabla expuesta en la Ley en su artículo 22.

Impuesto de sucesiones por comunidades autónomas

Las comunidades autónoma más conocidas son: 

• Andalucía: Los grupos I y II obtienen una reducción en los impuesto hasta de 1.000.000 de euros. 
• En Asturias: Existe una bonificación de un 100% del pago del impuesto a todos los que sean herederos del Grupo I y II, mientras que la herencia sea inferior a 300.000 euros. 
• En Murcia: Para los herederos de los dos primeros grupos hay una bonificación hasta del 99% en el impuesto. 
• Comunidad Valenciana: Bonificación hasta de un 75% en el impuesto solo para el grupo I y el 50% para el grupo II. 
• En Madrid: Esta bonificación es de un 99% de la cuota del impuesto para los herederos de los dos primeros grupos. 

El impuesto de herencia por Comunidades es uno de los impuestos por sucesiones menos populares que existen en la sociedad.